Reglamento
escolar de la UnADM
Los requisitos
que tendrás que cumplir para solicitar reinscripción a las asignaturas o
módulos del semestre escolar inmediato siguiente son:
No tener
más de tres asignaturas con adeudos o determinado número módulos según el
modelo educativo.
Así también
se debe seguir con la serie establecida del plan de estudios.
Que no se
rebase el plazo máximo de estudios del Capítulo Tercero del Reglamento Escolar
de la UnADM y que no se encuentre en los supuestos previstos en el artículo 61,
fracciones III, IV o V. (Artículo No. 9).
Los casos
en que podrás cursar la carga académica máxima son los siguientes:
El
estudiante deberá cursar y acreditar las asignaturas y módulos de semestres
anteriores de manera regular y que las asignaturas o módulos estén disponibles
en la plataforma. (Artículo 24).
Define la
obligación de entregar evidencias de aprendizaje inéditas y de la autoría de
los estudiantes, a través de los instrumentos de evaluación. (Artículo 29).
Las oportunidades
que tendrás para cursar una asignatura son dos de las cuales la primera será
considerada como ordinaria y la segunda como recursamiento. (Artículo 32).
Las
condiciones por las que se puede causar baja por inactividad en cualquiera de
las asignaturas o módulos en los que te hayas inscrito son las siguientes:
Cuando no
se hayan presentado evidencias académicas a lo largo del curso tales como
tareas, participación en los foros, actividades colaborativas, entre otros. Lo
cual es aplicable durante un periodo de 21 días naturales consecutivos,
contados a partir del inicio del bloque, por lo que en su historial académico
se registrará con NP. (Artículo 40).
Los
estudiantes deben cubrir la totalidad del plan de estudios en un plazo del 100%
adicional al tiempo previsto, el cual comienza a contar a partir del día de su
inscripción en la plataforma electrónica. (Artículo 45).
Los artículos
en los que están plasmados los derechos, las obligaciones y las causas de
responsabilidad de los estudiantes son los siguientes: Artículo 57, Artículo 58
y Artículo 59.
Obligación
a la que debó de prestar especial atención.
IV.
Realizar
las actividades para la evaluación del aprendizaje de forma inédita, veraz y
oportuna conforme a las fechas establecidas en cada planeación didáctica de las
asignaturas o módulos. (Artículo 58).
Código de
ética de la UnADM
Apartado
2. Honestidad punto No. 3 Se hace referencia a la propiedad intelectual de
otras personas, donde se expresa que para respetarla es necesario que se de el
debido conocimiento a las obras que han sido creadas por otras personas
mediante referencias y de está manera evitar realizar acciones contrarias a las
que se establecen en la universidad.
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